Constitución
de la República de la Tierra

Artículo 1

La República de la Tierra es un sistema de gobierno democrático de los habitantes del planeta y de sus grupos para vivir en paz en el mejor modo posible.

Ésta se origina en las estructuras políticas existentes y encuentra su causa en la necesidad de enfrentar los problemas materiales, para garantizar a todo ser humano el derecho de creer en la propia felicidad y de actuar para realizarla en el respeto de los demás y de la naturaleza.

Forman parte de la República de la Tierra quienes, aceptando la Constitución, lo solicitan.

Notas sobre el Art.1




Artículo 2

La dirección y la gestión de la República es otorgada por los pueblos a sus representantes, elegidos en las formas y modos que se suponen más adecuados según el nivel de percepción y de conciencia de los pueblos mismos.

Queda prohibida cualquier iniciativa tendiente a modificar en cuanto forma y substancia el sistema democrático.

Notas sobre el Art.2




Artículo 3

La República reconoce y garantiza los derechos inviolables de la persona humana y promueve el desarrollo de todos los seres humanos, de quienes reconoce las diferencias y modera sus efectos, en función del bien común, garantizando para cada uno, y para los grupos, la libertad de pensamiento, de expresión y de acción y asegurando la satisfacción de las necesidades esenciales y, dentro de lo posible el derecho a liberarse del miedo.

Ésta se inspira en los principios de verdad, de justicia y de belleza que pueden y deben animar a todo el genero humano y pide el cumplimiento de los deberes necesarios para garantizar el mejor desarrollo de todas las personas y su máxima evolución, tomando sobre sí la tarea de eliminar los obstáculos que pueden impedir estos resultados.

Notas sobre el Art.3




Artículo 4

Todos los habitantes de la República tienen la misma dignidad y absoluta igualdad de derechos y deberes.

La República regula los conflictos entre sus habitantes, garantizando la libre, correcta y pacífica competencia y moderando los excesos.

Notas sobre el Art.4




Artículo 5

La República reconoce que el sistema humano es un conjunto organizado de sujetos y de relaciones entre éstos y entre sus comportamientos, mientras que la Tierra es el ambiente que se compone del conjunto de todas las partes que influyen en dicho sistema y además todas las partes cuyos comportamientos sufren la influencia del sistema mismo.

Notas sobre el Art.5




Artículo 6

La República se propone el perfeccionamiento de los sistemas sociales, civiles, políticos, económicos, morales y religiosos y, por lo tanto, el perfeccionamiento de las relaciones y de los comportamientos entre los seres humanos y de éstos con los demás sistemas de la Tierra, considerando la reciproca interconexión.

Ésta, de modo democrático:

  1. Analiza las relaciones sociales y su influencia en las relaciones interpersonales, promoviendo la máxima solidaridad en todos los campos y encontrando los modos para conseguir el acuerdo de todas las personas con sus semejantes y con la naturaleza;

  2. Establece las reglas más oportunas para garantizar las mejores relaciones civiles en función de la mayor libertad individual posible y de la justicia entre todos los seres humanos;

  3. Predispone las relaciones políticas, su legitimidad y las formas más adecuadas para promover la participación de los pueblos, en la formación y en la gestión de sus instituciones;

  4. Programa las relaciones económicas y los procesos de producción y de distribución de la riqueza para la satisfacción de las necesidades esenciales, como características indispensables para garantizar la supervivencia del genero humano y vencer la pobreza en todo el planeta;

  5. Considera y tutela las relaciones morales y las modalidades para conseguir el bienestar espiritual, mediante la formación la fuerza interior para actuar con coherencia con cuanto se reconoce universalmente como verdadero, justo y bello;

  6. Garantiza la libertad de relaciones religiosas y promueve la investigación de la causa original y del fin último de la humanidad.

Notas sobre el Art.6




Artículo 7

La República apoya todas las iniciativas orientadas a la promoción de procesos para realizar el máximo nivel de desarrollo, proponiendo como base y, por lo tanto, como principio de organización, el equilibrio.

Estimula la toma de conciencia de la realidad y de la naturaleza de los problemas, induciendo el reconocimiento de los hechos correspondientes a la evidencia o verdad, estableciendo el nivel de prioridades de los diferentes problemas en función del bien común, identificando sus orígenes y sus causas, e indicando los objetivos posibles, las soluciones realizables y las consecuencias previsibles.

Ésta identifica además los recursos disponibles y controla los métodos para producir los recursos necesarios para predisponer las estrategias, como hipótesis organizativas que permiten el mejor uso de los recursos mismos y de los recursos producidos, orientando las personas hacia los procedimientos más adecuados para conseguir los resultados esperados coherentemente con las estrategias adoptadas, analizando los obstáculos y elaborando los modos para superarlos, considerando el control de los resultados y efectos producidos.

Notas sobre el Art.7




Artículo 8

La República, reconociendo que los seres humanos, tienen necesidad de nutrirse para vivir, promueve y sostiene la transformación de los recursos naturales mediante el trabajo, favoreciendo la adecuación de las relaciones de producción, al nivel de desarrollo de las fuerzas productivas.

Ésta reconoce además la necesidad de un espacio territorial mínimo para cada persona y la necesidad natural necesidad de relacionarse con las demás.

Tutela por lo tanto las relaciones sociales, garantizando suficiente alimentación y habitaciones adecuadas.

Salvaguarda la salud física y mental mediante cualquier medio de tratamiento disponible y promoviendo la búsqueda de soluciones para la prevención y el tratamiento de las enfermedades, contribuyendo activamente a la obtención de la máxima esperanza de vida posible.

Garantiza igual dignidad a todos los habitantes, favoreciendo y tutelando la composición de la familia y de la pareja como base natural de la sociedad.

Protege la maternidad e infancia, promoviendo una educación flexible y responsable de los hijos.

Asiste a los más ancianos y favorece su permanencia integral en la sociedad, reconociendo su experiencia.

Asegura asistencia alimenticia y sanitaria a los indigentes, a los infortunados, a los enfermos, inválidos, a los parados involuntarios, a los ancianos y a cuantos se encuentran en estado de necesidad o de impedimento por una causa cualquiera, recuperando y activando cuantos pueden concurrir con beneficio a la vida social y productiva.

Estimula la proyectación y la realización del ambiente más adecuado y confortable para cada habitante.

Afirmando la plena libertad de las artes y de las ciencias, sostiene los procesos culturales y de formación, haciendo que la información sea transparente e incondicional y reduciendo los obstáculos para el máximo conocimiento, garantizando una instrucción y una formación cultural orientadas a mejorar las relaciones humanas y adecuándolas a las exigencias del mundo del trabajo, del arte, de las ciencias, de la técnica y de la ética.

Impide cualquier iniciativa que tienda a alejar las conciencias y a comprimir las libertades de juicio de sus propios habitantes.

Reconoce la unidad de todos los individuos e interviene en los conflictos entre instintos y razón y entre individuos y comunidades, sosteniendo la difusión del altruismo y la previdencia y garantizando efectiva solidaridad entre los pueblos, promoviendo activamente cada acción por la paz.

Se compromete a eliminar la criminalidad y sus causas y además a garantizar el orden público, atenuando de manera adecuada toda degeneración y corrigiendo sus efectos.

Garantiza la vida humana en sus manifestaciones y promueve los valores del ser y del devenir, salvaguardando la libertad de la mujer sin impedir que nuevas vidas lleguen al mundo, aunque considerando los efectos de un excesivo desarrollo demográfico, que debe ser mantenido dentro de límites sostenibles.

Notas sobre el Art.8




Artículo 9

Las leyes de la República se inspiran en los principios del derecho internacional universalmente reconocidos y se caracterizan por su significado y sintaxis simple.

La República requiere el cumplimiento de los deberes sociales y civiles en el interés de todos los habitantes de la Tierra, eliminando las contradicciones entre las normas y abrogando las normas obsoletas.

Garantiza la demostración de la razón y la culpa incluso en las relaciones con las instituciones, promoviendo la revisión de los procesos civiles, penales y administrativos y demostrando las consecuencias de un escaso sentido del deber.

Notas sobre el Art.9




Artículo 10

La República garantiza la plena soberanía de todos sus habitantes y la igualdad ante las leyes.

Promueve la integración política de todos los pueblos de la Tierra, reconociendo las autonomías locales en términos de programación y descentralización política, administrativa e impositiva.

Garantiza a todos los habitantes libertad de asociarse en cualquier forma, con la condición que no sea secreta, para mejorar cada uno de los grupos, mediante el libre proceso dialéctico de las ideas.

La República se divide en gobiernos internacionales, nacionales, regionales y locales, todos constituidos en las formas y de la manera que los pueblos que los eligen desean.

Ésta promueve la participación política mediante un sistema electoral en el cual los puebles ejercen un efectiva y constante soberanía sobre gobiernos y son protagonistas de su continua renovación.

Los habitantes de la República están representados en la Asamblea internacional constituida por un representante por cada diez millones de habitantes.

La facultad de hacer las leyes, corresponde normalmente a la Asamblea internacional, pero también los habitantes de la República pueden tomar la iniciativa de proponerlas, de hacerlas y de abrogarlas, observando las leyes.

Los representantes en la Asamblea internacional son elegidos directamente por los habitantes de la República y duran en su cargo cuatro años, salvo incumplimiento de los compromisos tomados con los electores.

El Gobierno de la República se compone de doce gobernantes elegidos por la Asamblea internacional que elige entre ellos el Presidente.

El Gobierno permanece en su cargo hasta que es revocado por parte de la Asamblea internacional y de todos modos, no más allá de los seis años, a contar de la fecha de la elección.

El Gobierno es dirigido por el Presidente y tiene y tiene por objeto el cumplimiento la realización de las decisiones tomadas por la Asamblea internacional además de tomar decisiones urgentes.

Tales decisiones deben ser ratificadas en el plazo de un año por la Asamblea internacional y la eventual falta de ratificación comporta las dimisión del Gobierno.

Notas sobre el Art.10




Artículo 11

Los recursos de la Tierra pertenecen a todos sus habitantes y están a disposición de quienes desean producir dentro del respeto del ambiente.

La República garantiza una justa disponibilidad de recursos y de medios de producción y la libertad de empresa, estimulando la producción y los intercambios, con la participación de los trabajadores en la gestión y en los resultados de las empresas.

Los modos de producción y de destino de la riqueza deben corresponder a las exigencias y al compromiso de todos los habitantes de la Tierra y deben estar orientados hacia la máxima reinversión productiva de la riqueza.

La República garantiza una ocupación útil a toda la población activa que a su vez debe realizar las actividades que son más adecuadas a las exigencias y a las características individuales, teniendo en cuenta también las exigencias generales.

Los impuestos de las personas se deben aplicar únicamente a los consumos no productivos.

La República contribuye al saneamiento de los balances de los gobiernos que la constituyen.

El balance de la República debe caracterizarse por la máxima transparencia.

La República no puede endeudarse si no para recibir anticipaciones respecto a entradas futuras ciertas.

Notas sobre el Art.11




Artículo 12

La República impulsa la coherencia entre lógica y acción fomenta la sinceridad y el altruismo como funciones de la máxima expresión de la individualidad.

Sobre la Tierra queda garantizada la completa independencia de cada concepción moral y religiosa.

La República promueve activamente la comprensión y la integración entre las diferentes culturas, las diferentes costumbres y considera patrimonio irrenunciable cualquier etnía y todo carácter genético.

La República tiene la obligación de defender a sus habitantes de cualquier violencia interna o externa.

Compone y, si es necesario, elimina los conflictos que ponen en peligro la incolumidad de sus habitantes utilizando la fuerza sólo si es indispensable.

La Asamblea internacional establece todo lo que no está previsto y no está prohibido por la presente Constitución y adopta todas las disposiciones necesarias para realizar los principios y los objetivos establecidos por la misma, con validez para todos los gobiernos y los pueblos que forman parte de la República de la Tierra.

Notas sobre el Art.12